domingo, 6 de septiembre de 2015

SOBRE EL COMUNICADO DEL MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS, SOBRE CONCESIÓN DEL LOTE 192

Cap. E. P. (R) Ing. MBA Eloy Villacrez Riquelme
Ex asesor del Ministro de Hidrocarburos de Venezuela, Valentín Hernández A.
Por las redes sociales me enteré de la existencia del referido comunicado, lo comento, para determinar  lo que realmente no se dice y la intencionalidad de confundir a la opinión pública.
El colmo de los neoliberales Ollantistas: Pretenden arrebatar a PETRO PERU, la limitada soberanía que le corresponde como empresa pública en el área de los hidrocarburos. Este gobierno en nada se diferencia de los anteriores como: del sátrapa Fujimori, Toledo y Alan García; ellos han gobernado y gobiernan bajo los dictados del Departamento de Estados de EE.UU… Han entregado puertos para el reabastecimiento de la IV flota USA en Puertos Peruanos, después que los chilenos les negaran tal pretensión; primero fue Alan García y ahora es Ollanta Humala, que han autorizado más bases militares yanquis (ahora son 9) en nuestro territorio; igualmente, el primero fue el portavoz nombrado por del Departamento de Estado como mandadero para la creación de la Alianza del Pacífico avanzada militar (Chile, Perú, Colombia y México) y Ollanta Humala el mandadero del imperio para suscribirlo el 6 de junio (día del sacrificio de Francisco Bolognesi) del 2011, en Antofagasta territorio usurpado a Bolivia.
1er. Párrafo: El contrato de operación sobre este lote 192 con Pluspetrol Norte SA, venció el 29 de agosto (hace  2 días), da a conocer el comunicado, que recién ahora las entidades del estado, relacionadas con la supervisión de la conservación ambiental, procederán a fiscalizar las obligaciones asumidas (penúltimo párrafo, en numeración correlativa  el No. 16) y además que el Estado Peruano cubrirá con un fondo de contingencia de 50 millones de soles, las deficiencias incurridas por la empresa.  Esta diciendo que todos los peruanos pagaremos por  la deficiencia empresarial incurrida, por falta de control de la burocracia. Todos sabemos que esto no es gratis.
2do. Párrafo: glosamos lo que dice “En mayo del 2015, tras terminar con el Acta de Lima, dos años de negociación……………”  no indica sí se llegó a un acuerdo o no con las comunidades afectadas, dando a conocer que se llamo a una licitación Internacional, casi al terminar en el párrafo 13, recién indica que no se llegó  a un acuerdo con dos de las cuatro  cuencas, esto es  FEDIQUEP y FECONACO, las más importantes, se deduce que para los Loretanos no habían ventajas rescatables, esta forma de redactar es realmente un galimatías para confundir. Además no dice que la burocracia de Perupetro SA demoro al parecer en forma intencional esta solución, de esa manera aplicaba la política de hechos consumados. Tal como lo expresó  OHT, que cerrar los pozos era dañino, se expresa así porque algún burócrata se lo dijo y él simplemente lo repite, sin mayor sustento. Aquí hay algo que huele mal.
3cer., 4to., 5to., y 6to. Pàrrafos:  Perupetro SA convoca a cuatro empresas para la concesión, se retiran aduciendo que NO ERA RENTABLE, entre ellas Pacific Stratus Energy del Perú SA, al estar desierta la licitación, ingresan a negociación directa, no se sabe que le ofrecieron a esa empresa para que considere que ya era rentable, algo muy sospechoso que no se dice.
7mo. Párrafo:, Perupetro SA, consulta con Petroperu SA para su participación, respondiendo que no es rentable dejando el camino libre para la negociación directa (esto huele a canonjías), Petroperu SA, se reserva  el ingreso del contrato de operación por 30 años que se convocara una vez terminados los dos años de concesión, sinceramente  no hay forma de justificar lo que ahora no es rentable lo será dentro de dos años,  sin indicar los signos que puedan determinar un cambio de comportamiento en el mercado petrolero.
8vo., 9no. y 10mo  Párrafos: Se menciona  la necesidad del sustento legal del Congreso de la Republica, sospechosamente hay demora en presentar a debate, la burocracia sabía perfectamente que se requería  esta intervención y demoran sospechosamente, esto debió ponerse a consideración hace medio año cuando se conocía que el contrato terminaba y por la conducta empresarial del concesionario se presumía que se retiraba. Lo que querían era tener  las manos libres parta la negociación directa, esto muy preocupante, puede haber existido dinero de por medio si es que no se demuestra con hechos y decisiones que no es así.
El resto de párrafos:  Son administrativos como el 15, da a conocer  que ya se firmo el contrato de concesión con la empresa Pacific Stratus Energy del Perú SA, que inicialmente había calificado como no rentable esta operación. Si hubo algo que los convenció no se sabe que fue.
El último párrafo (No. 17), viene la amenaza, que se respete esta decisión por encima de la tranquilidad del pueblo de Loreto. Estamos amenazados.
Pueblo de Loreto, aquí hay algo que pudre, es muy simple deducir, hay disposición a la corrupción usando las  propias palabras del Ministerio de Energía y Minas.
El Ministerio de Energía y Minas (MEM) informa a la opinión pública lo siguiente: 
El Lote 192 (anteriormente denominado Lote 1-AB) es un lote petrolero que se viene explotando desde la década del 70 cuyo último operador ha sido la empresa Pluspetrol Norte S.A. y cuyo contrato vence hoy 29 de agosto de 2015.
En mayo de 2015, tras terminar, con el Acta de Lima, dos años de negociación entre el Estado Peruano y las cuatro cuencas de Loreto, Perupetro S.A. convocó a una Licitación Pública Internacional para otorgar el Contrato de Licencia para la Explotación de Hidrocarburos en el Lote 192.
Las empresas interesadas, calificadas y habilitadas fueron:
– Perenco del Perú Petroleum Limited, Sucursal del Perú
– Pluspetrol Norte S.A.
– Pacific Stratus Energy del Perú S.A.
El 4 de agosto del 2015, la Licitación Internacional se declaró desierta debido a que ninguno de los postores presentó propuesta. Ante esta circunstancia y de conformidad con lo establecido en el Artículo 11° de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, Perupetro S.A. convocó a una negociación directa.
Las empresas convocadas por Perupetro S.A. fueron las mismas habilitadas en la Licitación Internacional. Adicionalmente, manifestó interés una cuarta empresa: Omega (Colombia).
Sin embargo, Pluspetrol y Perenco desistieron de participar, y Omega no cumplía con las exigencias. En ese escenario, Pacific Stratus Energy manifestó a Perupetro S.A. su interés de negociar la adjudicación directa del Lote 192 con un Contrato de Servicios temporal por 02 años.
De acuerdo con la política fijada por el Poder Ejecutivo, Perupetro S.A. consultó a Petroperú S.A. si podía participar en sociedad con esta empresa, para operar el Lote 192 hasta en un 25%. Luego de la evaluación legal, técnica y financiera, Petroperú S.A. decidió no participar en este Lote debido a que no le era rentable. Asimismo, manifestó su interés de participar en el siguiente proceso de Licitación, que se extenderá por un lapso de 30 años.
 Ante la posición de las autoridades de la región Loreto, se esperó el debate parlamentario para eliminar el impedimento legal que prohíbe a Petroperú S.A. participar en la negociación directa por el Lote 192.
Sin embargo, tras la sesión desarrollada el último jueves en el Congreso de la República, y la negativa a debatir y aprobar este punto, Perúpetro S.A. sólo tiene la opción de continuar con la tramitación del Contrato de Servicios a Pacific Stratus, por un lapso dos años, ya que cerrar los pozos petroleros, con el consiguiente perjuicio del desarrollo de Loreto y de sus comunidades nativas, no es una opción.
Por tal razón, y de conformidad con la Ley Orgánica de Hidrocarburos, se publica hoy el Decreto Supremo N°027-2015-EM que aprueba el Contrato de Servicios temporal por 02 años con la empresa Pacific Stratus Energy del Perú S.A.
Los beneficios para el país que resultan de este Contrato son los siguientes:
– No paralizar el funcionamiento de los pozos del Lote 192, a fin de mantener la producción de petróleo en este campo en aproximadamente 9,500 barriles diarios.
– Reacondicionar 06 pozos para evitar la disminución de la producción.
– Dar continuidad de los ingresos por pagos de Regalías al Estado.
– Dar continuidad al pago del canon y sobrecanon petrolero a la Región Loreto.
– Aportar el 0.75% de las ventas de petróleo de este lote a un Fondo Social a favor de las Comunidades Nativas de la zona, que representan aproximadamente un millón de dólares anuales, derecho reconocido por primera vez a favor de las comunidades nativas.
– Evitar el desempleo que podría ocasionar un problema social.
– Mantener los contratos de servicios con las empresas comunales de la zona, y,
– Evitar mayor importación de petróleo.
Paralelamente al proceso de Licitación, y durante la negociación directa, se trabajó el proceso de Consulta Previa con las Comunidades Nativas de la zona de influencia directa del Lote 192, representadas por 04 Federaciones.
Se culminó satisfactoriamente este proceso con 02 de esas comunidades, representadas por FECONAT y ORIAP. Sin embargo, y pese a los esfuerzos desarrollados, con las Comunidades representadas por FEDIQUEP y FECONACO no se pudo llegar a un acuerdo.
Sin perjuicio de ello, el Estado ratifica su interés y compromiso de atender las demandas de las Comunidades Nativas de la zona de influencia directa del Lote 192 y desarrollar sus mejores esfuerzos para alcanzar acuerdos en beneficio de ellas.
Asimismo, ratifica que los acuerdos alcanzados en el marco de la Consulta Previa aplicarán al Contrato de Servicios, a celebrarse con la empresa Pacific Stratus, así como a la futura Licitación Pública a efectuarse por Perupetro S.A, hasta por un plazo de 30 años.
Reitera la responsabilidad de la empresa Pluspetrol Norte S.A. por la remediación ambiental de las zonas afectadas, para lo cual las entidades fiscalizadoras del Estado (OSINERGMIN y OEFA) velarán por el cumplimiento de las obligaciones asumidas. Por su parte, el Estado ha constituido un Fondo de Contingencia con un capital semilla de S/. 50 millones de Nuevos Soles para las acciones de remediación inmediata que se requieran en la zona.
El Poder Ejecutivo invoca a la población, a las Comunidades Nativas del área de influencia directa del Lote 192, a los dirigentes y las autoridades de la región Loreto, a respetar las decisiones tomadas en beneficio de la Región Loreto y del país, las mismas que se han adoptado en estricto cumplimiento del marco legal vigente. 
César Aching Guzmán el

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