El MP debe decretar el impedimento de salida del país, al término de su gobierno. |
1. Sin medias tintas. Me refiero a nuestro Presidente de la República como un redomado garitero; es decir, un encubridor de ladrones de la cosa pública, con el más alto grado de responsabilidad en esta cualidad negativa. Cada inmensa fechoría únicamente motiva que lo aparte de la función, a quien él mismo buscó, lo puso con Resolución Suprema en un puesto de confianza, lo encumbró vía la malhadada prensa nacional (sometida a sus torvos designios) y cuando repentinamente fue enrostrado por la flagrancia delictiva de su escogido lo zarandea públicamente aparentando honestidad y acrisolada moral. Poco después suaviza el desvarío delictivo de su pupilo, lo minimiza y hasta finalmente lo exculpa. Lo mismo hacen en concertado coro sus conocidos pongos en el Ejecutivo y Parlamento.
Notarán con estupor que nunca insta en serio a la Contraloría, a las Comisiones Investigadoras y de Fiscalización del Congreso, al Ministerio Público, al Poder Judicial, a la policía o a la prensa que, producido un indignante escándalo, inicien con premura una investigación, la profundicen, que sean implacables con el malhechor, que capturen a los fugitivos delincuentes de cuello blanco que él mismo ha liberado y que sancionen drásticamente. Al contrario los doblega de uno y mil modos y calla cuando desaparecen los medios probatorios del delito. También quiere que el mandatario que le suceda, llámese Toledo, Castañeda, Kuczynski o Keiko, le cuide las espaldas; el histórico “borrón y cuenta nueva”. ¿Impunidad por precio?
La retahíla de casos que sigue demuestra que en todos ellos se lo vincula, directa o indirectamente. Cuando termine su mandato se sabrá si fue inductor, autor material o mediato, coautor o tuvo otro grado de coparticipación penal, si acaso no se escapa otra vez. Veamos los pormenores.
2. Favorecimiento al ex presidente Fujimori apenas extraditado.- No bien llegó Fujimori al Perú movió sus hilos persuasivos para favorecerlo, como precio de los votos fujimoristas. Convenció a CESAR SAN MARTIN CASTRO, hoy elegido por 2 años Presidente de la Corte Suprema (2011-2012), escondidamente, a espaldas del Pleno y de su Sala Penal Especial, proyectara una ley genérica que modifique cierto articulado del juicio oral.
César, cumplió con diligencia el encargo. Proyectó una ley que permitía a Fujimori guardar silencio y “dejar de asistir a la audiencia” (estar ausente) y la Sala tenía la obligación de continuarla sin su presencia todo el tiempo que aquella dure, incluso podía leerse la sentencia en su ausencia. Hoy sabemos que pudo estar ausente más de 160 sesiones y observar su juicio oral por televisión, arrellanado en su dormitorio, tomando apuntes tal vez cachaciento como es, sin ser visto por nadie y evitando que las piernas se le adormezcan y se le hinchen, como sucede a miles de infelices acusados que no llegaron a robar como gobernante.
Este nada inocente encargo tiene que necesariamente haberlo hecho –autor directo, no mediato- el mismo Alan, puesto que el proyecto fue expuesto en horas de la noche, inusual para un vocal supremo titular, en Palacio de Gobierno, ante el pleno del Consejo de Ministros debida y formalmente convocado, con muchos ujieres de por medio. De juzgador natural Alan convirtió a César, contaminándolo, en “juez proyectista palaciego” de una norma legal pro Fujimori.
El día 7 de noviembre del 2007, con firma y sello del susodicho y Jorge del Castillo, mediante Oficio Nº 253-2007-PR se remite el aprobado Proyecto de Ley Nº 1842/2007-PE al Congreso de la República, donde fue recibido ese mismo día a las 21.20 horas (9.20 de la noche). Fue dirigido a Luis Gonzales Posada Eyzaguirre y decía: “Mucho estimaré que se sirva disponer su trámite con el carácter de URGENTE”. Pedir esta urgencia es discreción del Poder Ejecutivo. ¡Fujimori lo ameritaba!
Leamos el increíble texto que propuso nuestro vocal supremo proyectista-Presidente de Sala, que el Presidente y sus Ministros por él convocados hicieron suyo:
“Artículo 234º.- Apertura de la audiencia y presencia del acusado.
3…... Si el acusado ha prestado su declaración en el juicio oral o se acoge al derecho de guardar silencio y deja de asistir a la audiencia, ésta continuará sin su presencia y será representado por su defensor”.
5.......o cuando el acusado se muestre renuente a encontrarse presente en la audiencia, la sentencia podrá ser leída sin su presencia pero con la concurrencia obligatoria de su abogado defensor”.
Nuestra crítica acerba no se hizo esperar. Distribuimos miles de volantes en la puerta del Palacio de Justicia y del Colegio de Abogados de Lima con el título: “César San Martín, me parece que te has inhabilitado”. El Congreso no debatió el proyecto. Abortó. Fujimori tuvo que estar presente en todas las sesiones de audiencia, que fueron más de 160. ¡Claro que se le adormecieron los pies y se hincharon. La televisión los enfocó! Fue condenado a 25 años; San Martín había sido rescatado para el lado bueno. La conducta de Alan llegó al grado de tentativa punible, hay profusa prueba escrita en su contra.
3. Designación de Aráoz pisotea la legalidad.- A su subalterno viceministro de educación, Víctor Raúl Díaz Chávez, escogido por él en coyunda con su ministro José Antonio Chang, lo digita y consiente al propio tiempo como Presidente del Tribunal Electoral de su partido. No le importa que esa doble función en el mismo sujeto sea incompatible y vulnere el estatuto PAP; tampoco que eso es violar la autonomía que la ley de partidos políticos exige.
Asiste a estas elecciones internas fraudulentas donde se proclama a su escogida y por 2 horas la televisión estatal publicita el evento. Nada de esto resiente a la moral del Presidente y de Mercedes Aráoz, cuyas almas deben ser el garito de entrañable y regodeante solipsismo.
4. Caso EsSalud. Fernando Barrios Ipenza era su chochera. Por voluntad e interés propio se retiró de la jefatura de la institución un día antes de que venza su designación por 4 años porque lo había nombrado Ministro del Interior; otros funcionarios hicieron lo mismo ya que iban a “trabajar” en grupo, con su carnal Barrios en otro barrio.
¡Oh sorpresa, todos ellos fueron indemnizados como si hubieran sufrido un “despido arbitrario”! Pecularon, por ende, por varias decenas de miles de nuevos soles (robaron de ese modo al fisco) y Alan fue complaciente con ellos. Sólo los apartó del cargo. En cambio, los jueces al que roba una gallina en la sierra u otra fruslería en la costa lo encarcelan sin más ni más.
5. Peaje, tacha y S/. 511 millones para gestión de Kouri.- ¿Han escuchado cuestionarlo por el tema del cobro ilícito de peaje en la pequeñita vía expresa que va al aeropuerto y en su conducta sinuosa que motivó su tacha y apartamiento de su pretensión a la alcaldía de Lima? Jamás. Más bien siempre eran vistos juntos inaugurando algo para así promover su desgastada imagen.
¿Sabe usted que para la Avenida Néstor Gambetta del Callao el Decreto de Urgencia N° 052-2009 de 25 de abril 2009 que firma Alan García destina S/.511,574,273.00, ¡más de Quinientos millones de nuevos soles! para el “mejoramiento” de esta sola vía? ¿Es este tipo de norma para autorizar el uso de tan considerables fondos en mejorar pavimentos existentes y, de remate, encargar el proceso de licitación al organismo internacional UNOPS (Oficina de las Naciones Unidas de Servicios para Proyectos) que la Contraloría del anodino Fuad Khoury Zarzar no se atreve a fiscalizar? Alan deberá responder de una ratería más.
6. Caso petroaudios y su promovido Hidalgo.- El General PNP Miguel Hidalgo era Jefe de DIRANDRO, cuya competencia es investigar el tráfico ilícito de drogas. Los fiscales no deciden a qué dirección policial van los casos, pues la competencia funcional está predeterminada; sin embargo, este solícito jefe policial asumió el Caso Business Track (BTR), conocido como “petroaudios”, ya que se trata de la licitación sesgada de pozos petroleros. Fiscales, jueces y policías se tiran la pelota sobre la pérdida de material probatorio: correos electrónicos, un USB inculpatorio de la conducta del gobernante de marras, el tío George y Rómulo León, entre otros. El ex ministro del Interior, Remigio Hernani, entonces jefe de Hidalgo, imputa intromisión presidencial para desviar la competencia policial a espaldas suyas.
El 18 de marzo 2010 se difundió un video donde a este General Hidalgo se le ve salir del hostal Elixer con alguien que no era su esposa, en un vehículo oficial (ella conducía) comprado con nuestros impuestos. No precisamente para fines sexuales del funcionario. Una Comisión de Generales lo investigó y recomendó su pase a retiro, hecho que no se cumplió. Lo ascendió a Director General de la Policía y el 23 de noviembre último a Ministro del Interior. Es que a este ladino Presidente, como a Fujimori en su momento, le resbalan los cuestionamientos morales y legales a sus preferidos que encubre con preterición de otros.
Recuérdese del envío de su eterna secretaria Mirtha Cunza de Larrauri al hotel Marriot donde se hospedaba el supuesto inversionista dominicano Fortunato Canaán Fernández. También su secretario personal Luis Nava Guibert, condecorado con la Orden del Trabajo en el grado de Gran Oficial, iba al mismo hotel. ¿Así se invierte en Perú, a través de secretarios de Alan que visitan el hotel del inversionista por cuenta propia? Ambos siguen en el puesto, como respuesta.
7. Con amante a cena de Jaime Bayly.- Acaba de aceptar nuestro cuestionado Presidente que la cena con Bayly sí tuvo lugar. El trato de los temas “no seas cojudo, la plata viene sola” y “el golpe de Estado contra Ollanta Humala si gana las elecciones” en abril del 2011 tuvieron testigos presenciales. Una, fue Roxana Cheesman, su pareja extramatrimonial que lo acompaña a cenas de noche.
La Fiscalía de la Nación, a cargo de quien es casada con un ex parlamentario aprista, ha sido requerida en su rol de prevención del delito mayor. Deberán prestar declaración las parejas ocasionales de ambos contertulios.
8. Relación inmoral y delictiva de casos sería interminable.- Un inmenso piélago de ilícitos penales están vinculados a don Alan Gabriel Ludwig García Pérez, cuya conducta presidencial, óntico-ontológicamente vista, amerita una investigación preliminar apenas termine su mandato. En ella el Ministerio Público puede conseguir del Poder Judicial medidas asegurativas como el impedimento de salida del país.
La salud moral del país como imperativo categórico lo exige. La acción penal respecto de los delitos de lesa humanidad perpetrados en su anterior mandato 1985-90 es imprescriptible. La intervención medrosa de fiscales apristas o apristones no constituye cosa juzgada. El próximo gobierno tendrá que impulsarla, salvo que ¡un golpe de Estado impida que sea Presidente quien Alan no quiere, pues tener miedo cerval como Fujimori sigue siendo humano! Finalmente, con ironía: ¡Viva Rafael Rey, ex ministro alanista que ha regresado a su antiguo redil de KEIKO PRESIDENTA!
http://www.voltairenet.org/article167696.html
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