RESPONSABILIDAD PENAL DE ALAN
GARCÍA
El documento preliminar
elaborado por el grupo de trabajo de la Megacomisión ha encontrado
responsabilidad penal en el líder faccioso de un grupo de cuestionados por la
justicia que tienen secuestrado al partido de Haya de la Torre.
García será acusado por el
presunto delito de encubrimiento personal. Ya que existen indicios suficientes
por la liberación de miles de condenados por el delito de tráfico ilícito de
drogas.
“La acción de sustraer a un
condenado por tráfico ilícito de drogas, de la ejecución de la pena que le fue
impuesta en juicio justo por los órganos jurisdiccionales competentes, se
encuentra previsto y penado en el artículo 404º del Código Penal. La pena
privativa de libertad es no menor de tres ni mayor de seis años”, fundamenta el
documento preliminar.
Asimismo, se encontró que la
exagerada cantidad de indultos y conmutaciones de penas otorgadas por García no
correspondía a un proyecto desarrollado por el Ministerio de Justicia. Por el
contrario, se trataba de una política de Pío Alan 666 para que la plata llegue
sola a través de diezmos en dólares.
Si bien la Constitución le
otorga al jefe de Estado la facultad para conceder indultos y conmutar penas,
esta se encuentra sujeta a “límites materiales y formales” que la misma Carta
Magna, establece.
TRANSGREDIÓ LA CONSTITUCIÓN
Por ejemplo, la lucha contra
el narcotráfico es “un bien constitucionalizado que se encuentra taxativamente
señalado en el artículo 8º de la Constitución. Este límite material no se
consideró en el indiscriminado otorgamiento de Gracias Presidenciales”.
El artículo 8º de la
Constitución señala que “el Estado combate y sanciona el tráfico ilícito de
drogas. Asimismo, revela el uso de los tóxicos sociales”.
De igual manera, Pío Alan 666
que será juzgado por la justicia de los peruanos (aunque lo defienda el abogado
del diablo Cipriani), transgredió los incisos 1º y 9º del artículo 118º de la
Constitución. Dicha norma señala que “el Presidente debe cumplir y hacer
cumplir las sentencias y resoluciones de los órganos jurisdiccionales”. El
Presidente de la República debe hacer cumplir las sentencias dictadas por el
Poder Judicial.
“La facultad presidencial de
otorgar indultos y conmutaciones de pena es un acto discrecional, excepcional y
limitado. Sin embargo, se sustrajo del cumplimiento de la condena impuesta por
el Poder Judicial a un promedio de tres condenados por el delito de
narcotráfico y un condenado por robo agravado cada día”.
Además, en las resoluciones
supremas que el gobierno alanista emitió para conceder las miles de
conmutaciones de pena “no se aprecia el desarrollo de una motivación explícita
y suficiente que permita establecer las circunstancias por la que el Estado, encarnado
en el Presidente de la República, otorga la gracia presidencial (…)
circunstancia que convierte una facultad discrecional y excepcional en un acto
arbitrario”.
Finalmente, el grupo de
trabajo de la Megacomisión recomienda que se debe “mantener el carácter
excepcional del derecho de gracia presidencial ya que su uso indiscriminado
envía un mensaje negativo a la ciudadanía. No se brindó un razonamiento
suficiente que permita concluir en el perdón de la pena”.
TODO UN NEGOCIO
La Megacomisión también apunta
al entonces presidente de la Comisión de Gracias Presidenciales, el alanista
Miguel Facundo Chinguel.
Un sentenciado por
narcotráfico recluido en Piedras Gordas que fue entrevistado por los
congresistas aseguró que durante el gobierno alanista se liberó a
narcotraficantes que entregaban dinero a cambio.
“Diez mil dólares por año, y
yo buscaba siquiera bajarme los quince años o quedarme con los quince años, o
sea me estaban hablando de 150 mil dólares para una conmutación”, confesó.
Y denunció además que durante
el gobierno de Alan García, “otros narcotraficantes reincidentes, como también
colombianos y mexicanos pagaron su bolsita y se fueron con conmutación”.
Durante la gestión de Facundo
Chinguel también se incrementó a 50 personas el personal que trabajaba en la
Comisión de Gracias Presidenciales y se dispuso que su personal asista a los
penales para recoger las solicitudes de conmutación de pena de los internos. Que en un primer momento los
expedientes se remitían al despacho viceministerial, pero luego esos documentos
empezaron a llegar directamente al despacho del Ministro de Justicia.
El pre informe indica además
que el expresidente García muchas veces proponía que la reducción de pena para
los sentenciados fuera mayor a la que recomendaba la Comisión de Gracias
Presidenciales.
“La Comisión proponía (que se
reduzca) de 15 a 10 años de prisión y el Presidente de la República disponía
que se rebaje a 6 años”.
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