jueves, 17 de octubre de 2013


RESPONSABILIDAD PENAL DE ALAN GARCÍA
El documento preliminar elaborado por el grupo de trabajo de la Megacomisión ha encontrado responsabilidad penal en el líder faccioso de un grupo de cuestionados por la justicia que tienen secuestrado al partido de Haya de la Torre.
García será acusado por el presunto delito de encubrimiento personal. Ya que existen indicios suficientes por la liberación de miles de condenados por el delito de tráfico ilícito de drogas.
“La acción de sustraer a un condenado por tráfico ilícito de drogas, de la ejecución de la pena que le fue impuesta en juicio justo por los órganos jurisdiccionales competentes, se encuentra previsto y penado en el artículo 404º del Código Penal. La pena privativa de libertad es no menor de tres ni mayor de seis años”, fundamenta el documento preliminar.
Asimismo, se encontró que la exagerada cantidad de indultos y conmutaciones de penas otorgadas por García no correspondía a un proyecto desarrollado por el Ministerio de Justicia. Por el contrario, se trataba de una política de Pío Alan 666 para que la plata llegue sola a través de diezmos en dólares.
Si bien la Constitución le otorga al jefe de Estado la facultad para conceder indultos y conmutar penas, esta se encuentra sujeta a “límites materiales y formales” que la misma Carta Magna, establece.
TRANSGREDIÓ LA CONSTITUCIÓN
Por ejemplo, la lucha contra el narcotráfico es “un bien constitucionalizado que se encuentra taxativamente señalado en el artículo 8º de la Constitución. Este límite material no se consideró en el indiscriminado otorgamiento de Gracias Presidenciales”.
El artículo 8º de la Constitución señala que “el Estado combate y sanciona el tráfico ilícito de drogas. Asimismo, revela el uso de los tóxicos sociales”.
De igual manera, Pío Alan 666 que será juzgado por la justicia de los peruanos (aunque lo defienda el abogado del diablo Cipriani), transgredió los incisos 1º y 9º del artículo 118º de la Constitución. Dicha norma señala que “el Presidente debe cumplir y hacer cumplir las sentencias y resoluciones de los órganos jurisdiccionales”. El Presidente de la República debe hacer cumplir las sentencias dictadas por el Poder Judicial.
“La facultad presidencial de otorgar indultos y conmutaciones de pena es un acto discrecional, excepcional y limitado. Sin embargo, se sustrajo del cumplimiento de la condena impuesta por el Poder Judicial a un promedio de tres condenados por el delito de narcotráfico y un condenado por robo agravado cada día”.
Además, en las resoluciones supremas que el gobierno alanista emitió para conceder las miles de conmutaciones de pena “no se aprecia el desarrollo de una motivación explícita y suficiente que permita establecer las circunstancias por la que el Estado, encarnado en el Presidente de la República, otorga la gracia presidencial (…) circunstancia que convierte una facultad discrecional y excepcional en un acto arbitrario”.
Finalmente, el grupo de trabajo de la Megacomisión recomienda que se debe “mantener el carácter excepcional del derecho de gracia presidencial ya que su uso indiscriminado envía un mensaje negativo a la ciudadanía. No se brindó un razonamiento suficiente que permita concluir en el perdón de la pena”.
TODO UN NEGOCIO
La Megacomisión también apunta al entonces presidente de la Comisión de Gracias Presidenciales, el alanista Miguel Facundo Chinguel.
Un sentenciado por narcotráfico recluido en Piedras Gordas que fue entrevistado por los congresistas aseguró que durante el gobierno alanista se liberó a narcotraficantes que entregaban dinero a cambio.
“Diez mil dólares por año, y yo buscaba siquiera bajarme los quince años o quedarme con los quince años, o sea me estaban hablando de 150 mil dólares para una conmutación”, confesó.
Y denunció además que durante el gobierno de Alan García, “otros narcotraficantes reincidentes, como también colombianos y mexicanos pagaron su bolsita y se fueron con conmutación”.
Durante la gestión de Facundo Chinguel también se incrementó a 50 personas el personal que trabajaba en la Comisión de Gracias Presidenciales y se dispuso que su personal asista a los penales para recoger las solicitudes de conmutación de pena de  los internos. Que en un primer momento los expedientes se remitían al despacho viceministerial, pero luego esos documentos empezaron a llegar directamente al despacho del Ministro de Justicia.
El pre informe indica además que el expresidente García muchas veces proponía que la reducción de pena para los sentenciados fuera mayor a la que recomendaba la Comisión de Gracias Presidenciales.
“La Comisión proponía (que se reduzca) de 15 a 10 años de prisión y el Presidente de la República disponía que se rebaje a 6 años”.

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