¿CINCO MIEMBROS DEL TC CON EL NOMBRAMIENTO VENCIDO?
Por Guillermo Olivera Díaz;
godgod_1@hotmail.com
Con idéntica marca, que la del
juez del 5° juzgado constitucional de Lima,
Hugo Velásquez Zavaleta, y con igual autor mediato escondido y agazapado, el Tribunal Constitucional integrado por
solo 3 colegiados apristones, aunque Carlos Mesía es realmente aprista, de
un total de 6, acaba de nombrar a un conocido y zarandeado fiscal supremo, Mateo Castañeda Segovia, sin que haya
pedido en su demanda de amparo que lo nombren, ni que anulen el nombramiento de
otras dos, Zoraida Avalos y Nora Miraval, correctamente nombradas por el
Consejo Nacional de la Magistratura, hacen apenas cinco meses, para quienes el
mismísimo TC pide, implora, ordena, para reparar el agravio, que le creen 2
fiscalías con sus respectivos presupuestos.
Semejante exabrupto lo ha
cometido, y en la misma resolución, de fines de abril último, esta índole de
TC, bajo el pretexto sesgado y enceguecido que la ejecución de sentencia en un
proceso de amparo lo puede todo, hasta violar el principio legítimo de la
congruencia, que prohíbe resolver y conceder lo que no ha pedido el demandante
en su demanda, ni fue objeto de la sentencia en ejecución y hasta extralimitarse e invadir los fueros de un
órgano constitucional, como el CNM, autónomo e independiente, para nombrar y destituir fiscales y jueces,
porque así lo establece la Constitución Política, Artículo 154°.
Con tal criterio de notorio
desbarre, con turbia política orientadora, podría el TC así integrado, al final
de un amparo iniciado por el candidato perdedor, llámese Alan García Pérez, nombrarlo presidente de la Republica, a 2
vicepresidentes de la misma lista, y de remate anular la elección del escogido
por el pueblo que haya sido reconocido por el Jurado Nacional de Elecciones. ¡Si el TC puede nombrar a un fiscal
supremo, también podría a cualquier otro funcionario!
A este TC le ponemos la misma
marca registrada que el juez de García,
Velásquez Zavaleta, pues fue éste
quien ordenó suspender el Concurso Público de Méritos 2012, convocado por el
CNM, donde a su término fueron nombradas en la fiscalía suprema las doctoras Avalos y Miraval, en cuyo concurso no postulaba Mateo
Castañeda (postuló en Concurso 2010), el
del caso BTR, cuyos fiscales de menor jerarquía excluyeron del embarre a García
y al tío George.
Comoquiera que el CNM, no
suspendió tal Concurso 2012, el TC de marras, como presunto juez ejecutor,
dicta una sentencia ampliada, al amparo desorbitado del Artículo 59° del Código
Procesal Constitucional, el mismo numeral que desoyó y violó Velásquez Zavaleta, al no ejercitar los diversos
apremios allí previstos e ir de frente a anular todos los informes finales de
la Megacomisión, a los cuales nunca vio, ni palpó, ni evaluó, pero anuló.
¡He aquí el peligro, de la
llamada justicia “constitucional” servida por una sarta de alanistas,
¿gratuitos? sirvientes, ora, en el juzgado ejecutor, ora, en las canteras
del TC, que igual funge de juez de ejecución, después de una apelación por
saltos!
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